No más “de la cuna a la tumba”: Nueva ley de manejo de residuos y responsabilidad extendida del productor

Christian Figueroa Hernández Abogado U. de Concepción

Christian Figueroa Hernández. Abogado U. de Concepción

La Ley 20.920, “Ley de Reciclaje y Responsabilidad Extendida del Productor” (“REP”), establece en Chile uno de los cambios en materia ambiental y productivo más relevante de los últimos años. “Chile ha realizado importantes avances en el manejo de residuos domiciliarios. En el año 1995 la totalidad de los residuos domiciliarios se eliminaban en vertederos y basurales y tan sólo diez años más tarde en 2005, más del 60% de los residuos se disponían en rellenos sanitarios que cumplen con una serie de exigencias técnicas sanitarias y ambientales” (Mensaje del Ejecutivo al Congreso).

El artículo 2 de la ley consagra diversos principios, entre los cuales destacan: el que contamina paga; la prevención como primera opción en la generación de residuos, luego la reutilización, el reciclaje y la valorización energética de los residuos, total o parcial, dejando como última alternativa su eliminación.

Como cosa novedosa para los consumidores: “Todo consumidor estará obligado a entregar el residuo de un producto prioritario al respectivo sistema de gestión, bajo las condiciones básicas establecidas por estos e informadas a todos los involucrados” (art. 34).

En virtud de la necesidad de gradualidad se consagran los productos prioritarios para su gestión, con metas de recolección y valorización: a) Aceites lubricantes; b) Aparatos eléctricos y electrónicos; c) Baterías; d) Envases y embalajes; e) Neumáticos; y f) Pilas (art 10).

Se establece la responsabilidad extendida del productor, que implica “organizar y financiar la recolección de los residuos de los productos prioritarios en todo el territorio nacional, así como su almacenamiento, transporte y tratamiento en conformidad a la ley” (art. 9).

La ley facilita el uso de instrumentos colaborativos, privados y públicos, mediante la opción de suscribir convenios con los municipios. Se permite a los productores asociarse para cumplir las obligaciones de la ley y celebrar convenios con Municipalidades o Asociaciones de Municipalidades, para la gestión de los residuos de productos prioritarios.

Ya no es viable “la tumba”. Se debe orientar la gestión de los residuos a evitarlos, a su reutilización o reciclaje, como señala la ley. El ciclo de cada producto no puede ser único, tal como propone la economía circular. No es solo un esfuerzo estatal y de las empresas, se requiere que cada persona asuma su rol, que la comunidad organizada, y en especial los municipios, vean aquí una oportunidad.

Un enfoque de este tipo requiere un cambio cultural que tomará tiempo. Las leyes no bastan por sí solas, tanto por la imposibilidad práctica de fiscalizar a cada empresa y ciudadano, como por la instalación de un nuevo paradigma en el sistema productivo, que implicará volver a las raíces, dejando de lado el consumismo exacerbado y que los bienes pasen a ser más de uso que de consumo.

Christian Figueroa Hernández

Abogado UdeC

Diplomado en Finanzas e Inversiones UAI

Magister © en Regulación UAI

Socio Fundador Sustaina Value

christian.figueroa@sustainavalue.com

 

Fuente: https://nosmagazine.cl/inicio/columnas/no-mas-de-la-cuna-a-la-tumba-nueva-ley-de-manejo-de-residuos-y-responsabilidad-extendida-del-productor/