Ministerio del Medio Ambiente limita a 21 años la validez de reducciones de emisiones en proyectos no-AFOLU

El Ministerio del Medio Ambiente anunció una modificación clave en las especificaciones técnicas para el reconocimiento parcial de programas de certificación externos, en el marco de la implementación del Decreto Supremo N°4 de 2023.

La norma del Ministerio del Medio Ambiente establece que, para proyectos no-AFOLU (como energía, industria o transporte), solo se considerarán válidas —para efectos de certificación y compensación de emisiones— las reducciones de gases generadas durante los primeros 21 años desde el inicio del proyecto; es decir, pasado ese plazo, aunque el proyecto siga reduciendo emisiones, estas ya no podrán convertirse en certificados ni utilizarse en el sistema, y este límite se mantiene incluso si el proyecto cambia de programa de certificación.

Además, la normativa aclara que este límite aplicará independientemente de si un proyecto cambia de programa de certificación externo, manteniéndose como referencia la fecha de inicio del primer período crediticio original.

Esta modificación introduce mayor claridad y estandarización en el sistema de compensación de emisiones, alineando los criterios de adicionalidad y fortaleciendo la integridad ambiental del mecanismo.

El texto completo de la resolución estará disponible en el sitio oficial del Diario Oficial.