Ministerio de Justicia crea nuevo Juzgado de Letras del Trabajo en Santiago y aumenta dotación en regiones

La Ley N°21.839, publicada el 14 de septiembre de 2026 en el Diario Oficial, crea un nuevo Juzgado de Letras del Trabajo en Santiago y aumenta la dotación de jueces en los tribunales laborales de Antofagasta, Concepción y Punta Arenas.

La normativa modifica el artículo 415 del Código del Trabajo y establece una ampliación de la cantidad de jueces en cuatro ciudades. En Antofagasta, la dotación aumentará de cinco a ocho jueces, mientras que en Concepción pasará de seis a ocho y en Punta Arenas de uno a dos.

En Santiago, en tanto, la ley eleva de 38 a 57 el número de jueces laborales. Estos estarán distribuidos en tres juzgados, con 19 jueces cada uno, lo que permitirá la creación de un nuevo Juzgado de Letras del Trabajo en la capital.

Implementación gradual de los nuevos cargos

La entrada en vigencia de los aumentos de dotación será gradual. En los juzgados laborales de Antofagasta, Concepción y Punta Arenas, los incrementos comenzarán a regir una vez transcurrido un año desde la publicación de la ley.

En Santiago, la implementación se realizará en dos etapas. A los seis meses de la publicación de la normativa se incorporarán diez jueces y parte de la nueva dotación administrativa. Luego, una vez cumplido un año, se sumarán otros nueve jueces y los funcionarios restantes contemplados en la ley.

La nueva dotación de Santiago corresponderá al juzgado laboral creado por la Ley N°21.839, cuya instalación está prevista para seis meses después de la publicación de la normativa en el Diario Oficial.

Nuevas funciones y preparación de infraestructura

La Corporación Administrativa del Poder Judicial deberá disponer oportunamente de los locales destinados al funcionamiento del nuevo tribunal en Santiago y realizar las remodelaciones necesarias para habilitar las nuevas plazas.

Asimismo, las respectivas Cortes de Apelaciones deberán realizar con anticipación los concursos para proveer los cargos creados por la ley.

El mayor gasto fiscal que implique la aplicación de la normativa durante su primer año presupuestario será financiado con recursos del presupuesto del Poder Judicial y, si estos resultan insuficientes, con recursos del Tesoro Público. En los años siguientes, el financiamiento dependerá de los recursos contemplados en la respectiva Ley de Presupuestos.

La Ley N°21.839 fue promulgada el 9 de septiembre de 2026 y lleva las firmas del Presidente de la República, José Antonio Kast, y de los ministros de Justicia y Derechos Humanos, Hacienda y Trabajo y Previsión Social.

El Tribunal Constitucional había declarado previamente que los artículos 1 y 2 del proyecto, correspondientes a la creación y fortalecimiento de los juzgados laborales, eran conformes con la Constitución.