Hacienda establece parámetros para el primer año del Subsidio Unificado de Empleo

El Ministerio de Hacienda estableció los parámetros de elegibilidad, el ingreso mínimo mensual y los porcentajes de aporte del Subsidio Unificado de Empleo, creado por la Ley N° 21.808, que entró en vigencia el 1 de octubre de 2026.

El nuevo subsidio corresponde a un beneficio monetario de cargo fiscal, administrado por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence), cuyo objetivo es promover el trabajo decente y el empleo formal, incentivando la participación y contratación de las personas beneficiarias en el mercado laboral.

Parámetros durante el primer año

El Decreto Exento N° 273 del Ministerio de Hacienda establece los parámetros que regirán durante el primer año de vigencia de la Ley N° 21.808 y hasta que corresponda aplicar las disposiciones del artículo 8 de la normativa.

Entre los criterios definidos, se establece que las personas pertenecientes a los grupos prioritarios contemplados en los numerales 1, 2 y 3 del artículo 3 de la ley deberán formar parte del 40% de vulnerabilidad socioeconómica del registro correspondiente.

Asimismo, el decreto determina que el subsidio equivaldrá al 20% de la remuneración bruta en el caso de las empresas y al 10% en el caso de las personas trabajadoras, de acuerdo con las condiciones establecidas en la Ley N° 21.808.

En cuanto al ingreso mínimo mensual, la normativa fija su valor en $529.000, monto que tendrá su primer reajuste para estos efectos en enero de 2027.

De esta manera, el decreto fija los parámetros iniciales para la implementación del nuevo Subsidio Unificado de Empleo durante su primer año de funcionamiento.